ESTUDIOS:
Pueden solicitar estas becas los estudiantes que estén matriculados en el curso 2022-2023 en alguno de los siguientes niveles:
- Primer y segundo cursos de Bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Enseñanzas deportivas.
- Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad de distancia.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Estudios religiosos superiores.
- Estudios militares superiores.
- Cursos de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional impartidos en centros públicos y privados concertados.
- Formación Profesional Básica.
- Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
- Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
- Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado.
PLAZO DE SOLICITUD:
Es necesario que pidas la beca en este plazo aunque todavía no se haya abierto el periodo de matrícula en los estudios que te interesan, no sepas lo que vas a estudiar o incluso no sepas con seguridad si vas a estudiar o no.
Pon los estudios más probables y hasta septiembre podrás cambiarlos.
VÍDEOS EXPLICATIVOS SOBRE CÓMO REGISTRARSE EN LA SEDE ELECTRÓNICA Y SERVICIO ONLINE: Enlace vídeo tutoriales.
1. No estar en posesión de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
REQUISITOS ECONÓMICOS:
OBLIGACIONES:
- Plazo para estudios no universitarios: Desde el 30 de marzo hasta el 12 de mayo del 2022.
- Plazo para estudios universitarios: Desde el 30 de marzo hasta el 12 de mayo del 2022.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD:
- La SOLICITUD se presenta mediante formulario on-line a través de la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- No hay que aportar documentación pues las unidades encargadas de la tramitación consultarán y obtendrán de la administración correspondiente todos los datos necesarios para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos.
- Sólo en determinados supuestos muy específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le especificará en el formulario.
- La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en www.educacionyfp.gob.es
- Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.
- No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
- Ver pasos para solicitar la beca para estudios no universitarios.
- Ver pasos para solicitar la beca para estudios universitarios.
VÍDEOS EXPLICATIVOS SOBRE CÓMO REGISTRARSE EN LA SEDE ELECTRÓNICA Y SERVICIO ONLINE: Enlace vídeo tutoriales.
VÍDEO TUTORIALES PARA SOLICITAR LA BECA:
REQUISITOS GENERALES:
2. Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español comprendidas en la convocatoria.
3. Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
4. Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
REQUISITOS ACADÉMICOS:
3. Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
4. Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
REQUISITOS ACADÉMICOS:
- Acreditar no estar repitiendo curso.
- Alcanzar determinada nota media.
- Requisitos académicos para los no universitarios.
- Requisitos académicos para los universitarios.
REQUISITOS ECONÓMICOS:
- No superar determinados niveles de renta y patrimonio familiares. A efectos de las becas y ayudas al estudio del curso 2022-2023, se computará el ejercicio 2021.
- Los requisitos económicos se establecen mediante unos umbrales o límites de renta (ver tabla), que determinarán los componentes de beca que pueden percibirse. Estos requisitos están publicados en el Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero.
- Ver requisitos económicos para estudios no universitarios.
- Ver requisitos económicos para estudios universitarios.
OBLIGACIONES:
- Además de los requisitos anteriores, hay que tener en cuenta que se deben reunir también otras condiciones para obtener determinados componentes de la beca.
- Los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar la beca a la finalidad para la que se concede. Se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- Haber causado baja de hecho en el centro durante el curso.
- No haber asistido a un porcentaje mínimo de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización (80% de las clases en estudios postobligatorios).
- No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria (40% en la rama de enseñanzas técnicas y ciencias).
CUANTÍAS:
FIJAS:
A) Gratuidad de la matrícula (Universitarios): Se aplicará el umbral 3.
B) Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.700,00 euros. Se aplicará el umbral 1.
C) Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.600,00 euros. Se aplicará el umbral 2.
D) Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: Entre 50 y 125 euros. Se aplicará el umbral 3.
E) Beca básica: 300,00 euros para quien no opte a la cuantía fija ligada a la renta. Se aplicará el umbral 3.
VARIABLE:
F) Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros. Se aplicará el umbral 2.
B) Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.700,00 euros. Se aplicará el umbral 1.
C) Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.600,00 euros. Se aplicará el umbral 2.
D) Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: Entre 50 y 125 euros. Se aplicará el umbral 3.
E) Beca básica: 300,00 euros para quien no opte a la cuantía fija ligada a la renta. Se aplicará el umbral 3.
VARIABLE:
F) Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros. Se aplicará el umbral 2.
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