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jueves, 3 de febrero de 2022

Conceptualización de NEAE y NEE según la LOMLOE

La definición de Necesidades Específicas de apoyo educativo (NEAE) y Necesidades Educativas Especiales se establece en la LOE (Artículos 71 a 79 bis). 

La LOMLOE introduce modificaciones quedando redactados los artículos que definen NEE y NEAE como sigue a continuación:
Imagen de Pixabay


Artículo 71.2: ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO (NEAE)

Alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar.


El alumnado NEAE puede necesitar de una atención educativa diferente a la ordinaria y la aplicación de medidas específicas que pueden implicar o no recursos extraordinarios.


Artículo 73.1: ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE)

Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.



El alumnado NEE puede necesitar de medidas extraordinarias y recursos personales y/o materiales específicos. Pueden escolarizarse en un centro ordinario, especial o en la modalidad combinada entre ambos.

La relación y diferencia entre ambos casos es que el alumnado NEAE incluye tanto al alumnado NEE como a todas las situaciones descritas en el artículo 71.2., pero no todo el alumnado NEAE es NEE ya que para que un alumno/a sea considerado NEE deben darse al menos alguna de las situaciones descritas en el artículo 73.1.

Todo el alumnado NEAE y  NEE debe ser identificado por los servicios de orientación como tal en los correspondientes informes.

Más información sobre la definición de ACNEE y ACNEAE en el blog Familia y Cole de Jesús Jarque.


A continuación se presenta una organización de las diferentes situaciones que se pueden dar dentro de los NEE y los NEAE.

Pincha en cada imagen

Entrada original publicada el 27.02.2018
Entrada actualizada el 03.02.2022

8 comentarios:

  1. Muy útil Mónica. Con tu permiso lo enlazaré en mi blog citando la fuente ;)

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    1. Gracias Neli, encantada de que lo compartas en tu estupendo blog http://orientanel.blogspot.com.es

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  2. Mónica yo también lo voy a utilizar . Gracias

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  3. Gracias Mónica por tu trabajo. Lo utilizaré, citándote.

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  4. Hola Mónica, estoy preparando oposiciones de maestro y, si te parece bien, voy a utilizar tus documentos, citándote, para preparar el tema 4. Atención a la diversidad. Gracias.

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  5. Mónica, buscando en la web la nueva clasificación de ACNEAE de la LOMLOE he encontrado la tuya. Tienes pensado actualizarla teniendo en cuenta el nuevo concepto ACNEAE? Un saludo y enhorabuena por tu brillante trabajo, como siempre.

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    Respuestas
    1. Muchas gracias. Claro que sí, en cuanto pueda lo actualizo, me apunto los deberes, gracias por recordármelo.
      Un saludo.

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