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jueves, 10 de febrero de 2022

Medidas de atención a la diversidad en la ESO: Refuerzo educativo y apoyo del profesorado con disponibilidad horaria

¿QUÉ ES EL REFUERZO EDUCATIVO?

Las medidas de refuerzo educativo son estrategias de carácter ordinario que pueden afectar a todos los elementos no prescriptivos (obligatorios) del currículum, es decir, a todo aquello incluido dentro del ámbito de la metodología.



¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?

Este refuerzo está dirigido a aquellos alumnos/as que presentan dificultades para seguir el proceso ordinario de enseñanza - aprendizaje, o que presentan un desfase curricular poco significativo, es decir, que pueden seguir los contenidos mínimos de la materia y sus criterios de evaluación mínimos.

Por ello, el refuerzo educativo es una medida dirigida a cualquier alumno/a o grupo de alumnos que presenten dificultades en un momento dado, tengan o no Necesidad Específica de Apoyo Educativo. 


¿QUIÉN IMPARTE EL REFUERZO EDUCATIVO? EL PAPEL DEL PROFESORADO DE APOYO CON DISPONIBILIDAD HORARIA:

Estas medidas son impartidas por el propio profesor/a de la materia. En determinados casos se puede contar con la colaboración de otros profesionales, como por ejemplo otro profesorado con disponibilidad horaria, el cual actúa como un apoyo general al conjunto del aula. Pero en ningún caso, esta colaboración puede sustituir la actuación habitual del profesor. 

Las medidas de refuerzo educativo son elaboradas por el profesor/a que imparte la materia en la que el alumno/a necesita el refuerzo, con el conocimiento del tutor/a, de la jefatura de estudios y de la familia o tutores/as legales.


¿DÓNDE SE LLEVA A CABO EL REFUERZO EDUCATIVO?

Esta medida se aplica dentro del aula ordinaria, de modo que si el refuerzo es impartido por otro profesor/a con disponibilidad horaria, esto significa que en el aula permanecerán dos profesores/as. 


¿QUIÉN DECIDE EL REFUERZO?

La decisión de aplicar la medida es del profesor/a de la materia. No se requiere informe de orientación previo y no necesita ser autorizado por la inspección educativa. 


¿QUÉ TIPO DE REFUERZOS SE PUEDEN APLICAR? 

Las medidas de refuerzo educativo son, como decíamos, medidas ordinarias que afectan al ámbito de la metodología, pero nunca suponen la eliminación y/o modificación de objetivos, criterios de evaluación y estándares. 

Estas medidas pueden consistir en modificaciones en las actividades de enseñanza- aprendizaje, en las actividades e instrumentos de evaluación, en la organización del aula, en el agrupamiento del alumnado, y pueden ir desde medidas más generales o grupales hasta medidas más concretas e individualizadas. 

Medidas de refuerzo educativo grupales :
  • Agrupamentos específicos. 
  • Establecer secuencias de contenidos que aseguren aprendizajes básicos para todos, y conocimientos de mayor complejidad para algunos. 
  • Diseñar actividades de enseñanza-aprendizaje variadas y con diferente nivel de dificultad. 
  • Considerar diferentes tiempos de realización de las actividades en función de los diferentes ritmos de aprendizaje. 
  • Utilizar recursos y materiales diferenciados y complementarios (gráficos, audiovisuales, manipulables,…), para contemplar los distintos estilos de aprendizaje de los alumnos/as. 
  • Incluir actividades de recuperación, afianzamiento o consolidación para aquellos alumnos/as que no siguen un determinado ritmo de aprendizaje.
  • Adaptaciones generales (para todo el grupo) en las pruebas e instrumentos de evaluación (que veremos a continuación). 
  • Utilización de estrategias específicas de DUA (Diseño Universal de Aprendizaje), lo que supone utilizar una variedad de métodos de enseñanza para eliminar barreras que interfieran en el aprendizaje.

Medidas de refuerzo individualizadas: 
  • Apoyo directo y atención preferente a determinados alumnos/as dentro del aula, ya sea realizado por el profesor de la materia o por otro profesor/a especialista o con disponibilidad horaria.  
  • Actividades de recuperación de aprendizajes no adquiridos. 
  • Planes específicos de refuerzo para el alumnado que pase de curso con materias sin superar. 
  • Planes específicos personalizados para el alumnado que repite curso.
  • Aplicación de medidas metodológicas de refuerzo recogidas en determinados protocolos para alumnado NEAE (TDAH, TEA, Dislexia, etc.).

Medidas de refuerzo aplicadas a la evaluación: 

Otras medidas de refuerzo educativo pueden ser la diversificación de los procedimientos e instrumentos de evaluación o adaptación de los tiempos de evaluación. 

Cuando se trata de favorecer la inclusión no debemos caer en el error de contemplar una evaluación única. Para tener una evaluación inclusiva se pueden contemplar las siguientes adaptaciones en la evaluación: 

1. Adaptaciónes en las pruebas escritas: 
  • Adaptaciones del formato de la prueba escrita: tipo de letra, tamaño, organización de las preguntas, apoyos visuales u orales, uso del ordenador en vez de papel, supervisión y guia durante la prueba de evaluación, ... .
  • Adaptación en los tiempos: ampliación del tiempo, dividir la prueba en dos días, ... .
2. Utilización de métodos de evaluación alternativos a las pruebas escritas como observación del trabajo del alumno/a mediante portofolios, rúbricas, registros, listas de cotejo, diarios de clase, producciones orales, ... .

3. Adaptaciones no significativas de los criterios de evaluación: Aplicar criterios de evaluación que contemplen diferentes grados de logro, priorizar criterios de evaluación mínimos en casos de alumnos con dificultades de aprendizaje.

Estas adaptaciones en la evaluación deben ser consideradas como una ayuda ordinaria que todo alumnado puede tener para demostrar la adquisición de competencias, capacidades y superación de objetivos.


¿CUÁNDO DEBE APLICARSE EL REFUERZO EDUCATIVO?

Antes de nada hay que tener claro que las medidas de refuerzo son siempre medidas temporales, de manera que dejarán de aplicarse cuando el alumno/a ha adquirido los aprendizajes que han sido objeto de refuerzo. 

La evaluación inicial y trimestral son un buen momento para decidir las medidas de refuerzo en el siguiente trimestre. Es conveniente informar al resto del equipo docente en las reuniones de evaluación y siempre mantener informado al tutor/a. 

El refuerzo educativo puede aplicarse en cualquier momento del proceso de enseñanza-aprendizaje y en cualquier momento del curso escolar, cuando se detecten las dificultades. Pero también hay situaciones en las que es obligatorio aplicar las medidas de refuerzo educativo. Veamos estos casos:

SITUACIÓN 1: El refuerzo educativo es una medida previa que ha de agotarse antes de decidir otras medidas de atención a la diversidad más extraordinarias, como las Adaptaciones Curriculares. Así que si antes no se han aplicado medidas de refuerzo no está justificado elaborar una AC.  Lo mismo ocurre con la incorporación a un Programa de Diversificación Curricular, cuyo requisito previo es haber tenido medidas de atención a la diversidad anteriormente, por ejemplo refuerzo educativo. 

Por ello, cuando se aplican medidas de refuerzo es muy importante hacerlas constar en el expediente e informe de evaluación del alumno/a, ya que el no haberlas tenido impide la aplicación de otras medidas extraordinarias. 

SITUACIÓN 2: El alumnado que promocione al siguiente curso con materias sin superar deberá tener un plan de refuerzo en cada una de esas materias, que será elaborado por el profesorado que imparte la materia pendiente, bajo las directrices del departamento didáctico y con conocimiento del tutor/a. 

SITUACIÓN 3: El alumnado que repita curso tendrá un plan específico personalizado adaptado a sus características y necesidades, que será elaborado por el equipo docente bajo la coordinación del tutor/a.  

SITUACIÓN 4: Esta medida también se aplica al alumnado de 1º y 2º de ESO, que está exento de cursar la segunda lengua extranjera. Estos alumnos/as deberán recibir, en las sesiones lectivas de la segunda lengua extranjera, refuerzo educativo en aquellos aspectos en los que se detectasen las dificultades, normalmente en las materias instrumentales.  

¿CÓMO SE EVALÚA EL REFUERZO? REGISTRO E INFORME INDIVIDUAL:

Referentes de la evaluación:
La evaluación del alumnado al que se le aplique el refuerzo educativo tiene como referente los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación propios del curso en el que se encuentra escolarizado. 

Registro en el expediente:
Como se dijo anteriormente, es muy importante dejar reflejado en el expediente del alumno/a que se han aplicado medidas de refuerzo educativo, al menos las individuales o determinadas medidas grupales (por ej. agrupamientos específicos). 

Estas medidas se registran en el expediente académico y en los documentos oficiales de evaluación del alumno/a como refuerzo educativo (RE). Esto se puede realizar cuando se cualifica la materia en el XADE al finalizar cada trimestre, activando la lupa amarilla.

Informe individual:
Además, al finalizar el curso académico, el profesorado coordinado por el tutor/a, elaborará un informe individual de los refuerzos educativos que llevó a cabo, según un modelo diseñado por el Departamento de Orientación. Este informe deberá archivarse en su expediente académico. 






14 comentarios:

  1. ¡Hola Mónica!, en primer lugar felicitarte y agradecerte por el estupendo trabajo que haces y compartes con nosotros. Tengo una duda con respecto al Refuerzo, ¿cuándo dejaríamos constancia del RE en las notas?, ¿entiendo que sería solo en los casos de adoptar medidas individuales y de realizar un programa de refuerzo específico para un alumno?. Gracias

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    1. Muchas gracias. La ley dice que cuando hay refuerzo este ha de constar en el expediente, no distingue tipos de refuerzo.

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  2. Muchas gracias por toda la información, de tanta utilidad para toda la comunidad educativa.

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  3. Hola, Mónica!
    En primer lugar. gracias por toda la información que nos das (yo recurro a ti blog siempre que tengo alguna duda o quiero trabajar algún tema en tutoría)
    Ahora viene la pregunta: se podría hacer un grupo de refuerzo con alumnos de dos líneas en 1⁰ de ESO en Lengua y Mates? Las materias coinciden a las mismas horas en el grupo A y B; en una clase quedaría el alumnado que no presenta dificultades en la materia y en el otro, grupo de refuerzo, los que presentan alguna dificultad para utilizar otra metodología con ellos y consigan alcanzar el nivel del grupo ordinario.
    Ya me dirás.
    Gracias

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  4. Hola, Mónica!
    En primer lugar, gracias por la información que nos das y que tanto me ayuda.
    Ahora va la pregunta: se podría hacer un grupo de refuerzo en 1⁰ de la ESO (2 líneas) para Lengua y Mates juntando en un grupo los alumnos con alguna dificultad y en otro al alumnado sin dificultades para trabajar con distinta metodología en los dos y tratar de que el grupo de refuerzo alcance el nivel del ordinario?
    Gracias

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  5. Hola Mónica, me han puesto un ejercicio en el cual tengo que completar un documento administrativo para reflejar una adaptación curricular no significativa.(Refuerzo educativo en Galicia) ¿De dónde lo puedo sacar? También me piden describir protocolo a seguir para que la adaptación sea efectiva.

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  6. Hola Mónica agradecer lo que me atudas con tus publicaciones. Mira en relación a la nueva legislación, tengo una duda en el aticilo 46 de adaptación de tiempos, instrumentos y procedimientos de evaluación, no dice de dejarlo reflejado en el expediente como refuerzo educativo. Ej TDAH se les aolica pero no se refleja en el expediente? Como lo entiendes tu o otros compañer@s, me siembra dudas este apartado.

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    1. Toda medida de refuerzo aplicada debe de registrarse en el expediente del alumnado a no ser que sea algo muy generalizado que afecte a la metodología de toda una clase o nivel, en cuyo caso deberá de contemplarse en las memorias de los departamentos didácticos y actas de seguimiento de la programación. Es mi opninión.

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    2. Los protocolos aplicados (TEA, dislexia, TDAH, ...) deberían reflejarse también en el expediente como RE.

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  7. Hola Mónica, ¿verdad que que las medidas de adaptación significativas son aquellas que modifican o afectan a los elementos prescriptivos del currículum?

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  8. Hola Mónica,
    Una consulta. Si un niño con diagnóstico de TDAH tiene buenas notas, entre notable y sobresaliente en todas las materias haciendo exámenes estándar igual que la mayoría de sus compañeros (sin ninguna adaptación ni ampliación de tiempo en su ejecución), sin ser examen de refuerzo, pero tiene apoyo en el aula por una PT por su diagnóstico, implica que en la evaluación el docente le tenga que poner RE en la evaluación del curso? Yo entiendo que no una vez que he consultado la normativa que mencionas y no tiene exámenes de refuerzo pero me gustaría saber tu opinión. Gracias de antemano y saludos

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    1. Si recibe apoyo de PT habria que señalar al menos Refuerzo en su expediente. Lo que ocurre es que a lo mejor no necesita el apoyo de la PT, sinó el del profesorado

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